En nuestro estado el gobierno ha implementado acciones para minimizar el problema y este continúa, por lo que los diputados debemos asumir responsabilidades y emprender y reforzar acciones tendientes a erradicar dicho problema de violencia contra las mujeres, recordó que en el 2017, se aprobó la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Detalló que dicha ley contiene medidas preventivas y correctivas, para establecer protocolos que logren erradicar con la violencia por motivos de género, entre estas, es por lo que hoy está la figura de Alerta de Violencia de Género en Contra de la Mujer, lo cual indica que existe violencia feminicida, es decir extrema violencia contra las mujeres, ante esta situación se deben de implementar un conjunto de acciones obligatorias gubernamentales de emergencia, para enfrentar y erradicar dicha violencia feminicida.
Es por ello que con estas reformas al Código Civil de Nayarit, se garantizará el cese a la violencia en contra de las mujeres y eliminará las desigualdades producidas por una legislación que agravia sus derechos humanos, así como tener las adecuaciones de norma en base a estándares internacionales para garantizar la protección integral de la mujer.
Margarita Morán Flores, añadió que es una responsabilidad y obligación de ellos como diputados, el salvaguardar la integridad de las mujeres, por lo que con acciones legislativas se deben de garantizar la protección de las mujeres nayaritas, y más cuando nuestro estado tiene declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres, por parte de la Secretaría de Gobernación, particularmente en los municipios de; Ixtlán del Río, Del Nayar, La Yesca, Tecuala, Santiago Ixcuintla, Tepic, Huajicori, Acaponeta, Bahía de Banderas.
Estas reformas al Código Civil, tiene como eje principal la reparación del daño, mediante una justa indemnización a quienes hayan sido víctimas de violencia intrafamiliar y la tendrá que pagar quien haya ejercido dicha violencia, ya que estas acciones atentan contra el libre desarrollo, violando el derecho a la vida, la seguridad personal e igualdad por el permanente martirio, por lo tanto el daño patrimonial y moral a las víctimas debe ser reparado económicamente en proporción al daño.
En el Código Civil, se especifica la definición de violencia familiar, dividiéndose en su estudio en violencia física, patrimonial, económica, psicológica y sexual, sin embargo no se especifican sanciones civiles a quienes ejercen esta violencia, ya que se presume que solo el castigo penal es suficiente, por lo que con estas reformas se terminarán dichas lagunas e incoherencias jurídicas.
Además se establece en estas reformas, la obligación de quien ejerza violencia familiar, a otorgar pensión alimenticia a la víctima por esta conducta, además que también se establecen mecanismos de rehabilitación para quienes ejercen la violencia familiar, por lo que al quererse volver a casarse, tendrá que demostrar que recibió un curso o taller con temas de equidad de género, prevención de la violencia familiar y ayuda psicológica, dijo la diputada Margarita Morán.
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